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La solidaridad entre generaciones, clave para el futuro del Estado de bienestar

La solidaridad entre generaciones, clave para el futuro del Estado de bienestar La solidaridad entre generaciones, clave para el futuro del Estado de bienestar

Birnbaum, S., et al., The generational welfare contract. Justice, institutions and outcomes. Serie: Social and Political Science, Cheltenham, Edward Elgar Publishing, 2017, 192 p.

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Con su perspectiva intergeneracional, este estudio aporta una novedosa mirada a las clasificaciones de los Estado de bienestar, preguntándose cómo responden a los riesgos sociales de los distintos grupos etarios y qué países y Gobiernos han conseguido un abordaje más equilibrado.

El debate sobre su propia sostenibilidad es seguramente el más acuciante de cuantos tiene abiertos el Estado de bienestar. El envejecimiento demográfico, las sucesivas crisis económicas y las directrices neoliberales suelen citarse como los principales retos que deben resolverse para asegurar la continuidad de los actuales sistemas de protección de individuos y familias frente a los riesgos sociales, riesgos que van transformándose a lo largo del ciclo de vida. La perspectiva intergeneracional resulta esencial para entender el modo en que el Estado de bienestar contribuye a la justicia social y, en este sentido, se puede hablar de la existencia de un acuerdo tácito entre los distintos grupos etarios que conforman la sociedad para redistribuir los recursos y atender las necesidades presentes y futuras de unos y otros. El presente estudio examina cómo se articula ese contrato intergeneracional a favor del bienestar común en diferentes países y si es posible un reparto que favorezca por igual a los tres grupos etarios considerados habitualmente en las políticas sociales (niñas y niños, personas en edad laboral y mayores), evitando el conflicto intergeneracional por el acceso a los recursos.

Para alcanzar tales objetivos, los autores echan mano de la filosofía política y la sociología, dos disciplinas que, a su entender, han debatido por separado sobre la justicia intergeneracional durante demasiado tiempo. La primera les aporta las bases teóricas y los presupuestos éticos del estudio, y la segunda, datos empíricos longitudinales con los que responder a las preguntas planteadas. Los datos corresponden a dieciocho países de la OCDE (entre los que no se incluye España) y se interpretan combinando técnicas de regresión estadística con análisis comparativo de casos. Mediante esta suerte de triangulación entre datos cuantitativos y cualitativos referidos a periodos extensos de tiempo, el libro pretende desentrañar los mecanismos institucionales que configuran las políticas sociales, y así determinar qué medidas funcionan y en qué contextos lo hacen.

La parte empírica del estudio comienza en el capítulo 4 examinando las prestaciones económicas concedidas entre 1980 y 2010 para cubrir los riesgos sociales característicos de cada una de las tres etapas del ciclo vital consideradas: es decir, los cheques-bebé, las deducciones fiscales por hijo/a cargo y los permisos de maternidad y paternidad, en el caso de la infancia; los seguros de desempleo y enfermedad, en lo que se refiere a la etapa laboral; y las pensiones de jubilación, respecto a las personas mayores. En concreto, se analiza el reemplazo de ingresos que tales prestaciones suponen, un indicador disponible para todos los países analizados y que puede además considerarse un indicio del compromiso gubernamental con el bienestar de los distintos grupos etarios. Los datos ponen de manifiesto tres tipos de ‘contratos intergeneracionales del bienestar’ (véase cuadro adjunto). Siete países presentan políticas sociales equilibradas, en el sentido de ofrecer un nivel de reemplazo de ingresos similar para las tres etapas del ciclo vital; en cuatro, las prestaciones económicas favorecen comparativamente a las personas en edad laboral; y en los siete restantes, a las personas mayores. Cabe subrayar que, si se considera en su totalidad el periodo estudiado, ninguno de los países analizados se caracteriza por un contrato intergeneracional del bienestar que privilegie a la infancia frente a otros grupos etarios.

Los capítulos siguientes examinan el nexo entre el tipo de contrato intergeneracional de una sociedad y diversos indicadores relativos a la justicia social y a la sostenibilidad del Estado de bienestar. Los autores comprueban que los países con contratos intergeneracionales equilibrados presentan menores niveles de pobreza (capítulo 5) y mayores niveles de satisfacción vital (capítulo 6) y de confianza política y social (capítulo 7). Otro dato interesante es que, si bien las personas mayores suelen mostrar mayores niveles de confianza que aquellas en edad laboral sin descendencia, en los países con contratos intergeneracionales equilibrados esa diferencia tiende a ser menor.

A diferencia de otras variables, el nivel de desempleo no parece guardar una relación estrecha con los distintos modelos de contrato intergeneracional del bienestar (capítulo 8). No obstante, el nivel de ocupación suele ser más elevado en los países con prestaciones sociales más generosas, que suelen coincidir con aquellos en donde hay contratos intergeneracionales más equilibrados. Este fenómeno obedecería, en buena parte, a un incremento de la participación femenina en el mercado de trabajo y a la existencia de medidas de conciliación entre vida laboral y familiar adecuadas, medidas que constituyen un ingrediente clave de los contratos intergeneracionales del bienestar. Atendiendo a este hecho, los autores defienden que los sistemas de protección social constituyen una importante inversión social y no entorpecen el funcionamiento del mercado laboral, ni impiden el crecimiento del empleo ni (indirectamente) amenazan la sostenibilidad del Estado de bienestar, como ha venido sosteniendo en los últimos años la corriente hegemónica de la economía conductual.

A modo de conclusión, el sostiene que el contrato intergeneracional del bienestar de tipo equilibrado se configura como el modelo que alcanza los mejores resultados en términos de justicia social. Resulta, pues, obligado preguntarse por las condiciones sociopolíticas que favorecen el establecimiento de un acuerdo de estas características. Los autores señalan, a este respecto, que en el periodo comprendido entre 1960 y 2010 los contratos intergeneracionales equilibrados eran más probables en aquellos países donde las reivindicaciones generacionales se habían integrado dentro de la política de clases gracias a las presencia de sólidos partidos de izquierda. Entre 1960 y 1980, los partidos confesionales también ejercieron cierta influencia en la puesta en marcha de políticas redistributivas de suma cero, es decir, que atienden los riesgos sociales de todos los grupos etarios por igual, pero esa tendencia desapareció entre 1980 y 2010, cuando optaron por privilegiar las prestaciones familiares.

El enfoque intergeneracional en políticas sociales, un terreno por explorar

Birnbaum et al. consideran que el marco teórico sobre los contratos intergeneracionales del bienestar que desarrollan en el libro puede resultar muy enriquecedor para continuar ahondando en la intersección entre la edad y la justicia social. Así, dedican el último capítulo del libro a sugerir algunas líneas de estudio que podrían beneficiarse de este enfoque. Una de ellas consistiría en cotejar los derechos sociales de los distintos grupos etarios con sus obligaciones fiscales, para comprobar en qué medida el sistema impositivo refleja equilibradamente la protección social dispensada a cada una de las etapas del ciclo vital. El marco teórico también podría servir para indagar en las desigualdades generadas por las políticas sociales en los diversos grupos etarios. El cruce de las variables de género, clase social y edad no se aborda en esta monografía, pero a los autores les parece muy prometedor y sugieren que podría abordarse con este mismo marco teórico. Asimismo, animan a aplicarlo al estudio de la influencia que los procesos migratorios ejercen sobre los contratos intergeneracionales del bienestar.

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